Lun. Nov 4th, 2024

La Dirección General de Consumo, adscrita a la Consejería de Salud y Consumo, recuerda que la elección de unas gafas de sol no debe obedecer únicamente a criterios estéticos, dado que el más importante es valorar la salud ocular. Por este motivo, desde Consumo se hace hincapié en que estos productos sean adquiridas únicamente en establecimientos autorizados y de confianza, y no en lugares como puestos callejeros o de venta ambulante.

A la hora de elegir unas gafas de sol, es fundamental fijarse en el etiquetado obligatorio que debe acompañar a estos productos. Dicho etiquetado debe incluir el marcado CE, indicativo de que las gafas de sol cumplen con las normas de seguridad y requisitos legales para su comercialización en la UE. Asimismo, en el etiquetado se detalla el modelo de las gafas, la entidad fabricante o suministradora (con nombre y dirección), así como el tipo de filtro (polarizado, fotométrico o degradado). Asimismo, en el etiquetado debe contar la referencia a la norma ISO 12312 (protección ocular y facial).

Es importante tener en cuenta que no todas las gafas son igual de convenientes para la vista ni brindan la misma protección. En este sentido, existen cinco categorías de filtro para las gafas de sol, desde la categoría 0 hasta la 4. La categoría 0 abarca las gafas de sol que presentan muy poca protección frente al deslumbramiento, por lo que están pensadas para situaciones de luminosidad solar muy baja. La categoría 1 se establece para las gafas con poca protección frente al deslumbramiento, pensadas para situaciones de baja luminosidad.

Las gafas de la categoría 2 presentan una buena protección frente al deslumbramiento, y están pensadas para situaciones de media luminosidad. Las protecciones más altas las ofrecen las gafas de sol de las categorías 3 y 4, las de categoría 3 para situaciones de fuerte luminosidad (recomendables para playa o montaña) y las de categoría 4 para protección muy alta frente al deslumbramiento (indicadas para esquí, deportes acuáticos, etc.). Las gafas de sol de la categoría 4 no son válidas para conducir vehículos.

Si se tuviera alguna duda a la hora de adquirir unas gafas de sol, se recomienda consultar con personal cualificado, como profesionales de la oftalmología y la óptica, que orientarán a la persona usuaria sobre las gafas de sol más adecuadas para cada caso.

También es importante, antes de usar las gafas de sol, atender a las instrucciones de uso y conservación, y a las posibles advertencias de seguridad. Desde Consumo también se incide en que hay que tener un especial cuidado cuando se trata de gafas de sol destinadas a la infancia, y se recomienda descartar las gafas de juguete, que pueden no ofrecer la adecuada protección contra las radiaciones ultravioleta.

En caso de incidencia con el establecimiento donde se han adquirido las gafas, siempre cabe la posibilidad de presentar la hoja de quejas y reclamaciones. Además, se aconseja comprarlas en un establecimiento adherido al Sistema Arbitral de Consumo.

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Por Luis Fernando Prieto

Periodista especializado en empresas y movilidad.

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