El Consejo Ejecutivo ha aprobado el Decreto Ley 1/7/2022 de medidas urgentes en materia de alquiler de vehículos con conductor. El texto permitirá que los vehículos de transporte con conductor (VTC) puedan continuar prestando servicios urbanos en Cataluña a partir del 30 de septiembre, fecha en la que termina la moratoria establecida por el Real decreto ley 13/2018 del gobierno español, que regula la movilidad de estos vehículos en las diferentes ciudades. A partir de este día, la competencia pasa en manos de las comunidades autónomas.
Con este nuevo decreto, desde la administración catalana se exige una autorización autonómica con nuevos requisitos: Habrá que ser titular de una autorización de VTC domiciliada en Cataluña con un vehículo que haya sido adscrito durante al menos el último año y los VTC tendrán que disponer de un seguro que cubra hasta la cuantía de 50 millones de euros la responsabilidad civil por daños que puedan sufrir los viajeros análoga al seguro requerido a los taxistas.
Del mismo modo, la nueva normativa obliga a que los conductores de este tipo de vehículos tengan que estar en posesión del permiso de conducción de la clase B o superior con al menos dos años de antigüedad. Por último, los ayuntamientos podrán exigir a los conductores formaciones específicas relacionadas en el ámbito territorial y la longitud mínima de los VTC tiene que ser de 4,90 metros y, en el caso de vehículos nuevos, solo se admitirán con los distintivos 0 y Eco.
En cuanto a la reglamentación, según ha explicado el Govern, se mantienen y se refuerzan los requisitos que había hasta el momento como la precontratación por la cuál, tienen que transcurrir un intervalo de tiempo mínimo de 15 minutos entre la contratación y la prestación del servicio o que las VTC no puedan circular por las vías públicas buscando clientes ni propiciar la captación de viajeros que no hayan contratado previamente el servicio.
Para finalizar, el nuevo Decreto incorpora un régimen sancionador con multas que van desde los 201 euros a los 6.000 euros: «El texto prevé sanciones de hasta 2.000 euros y la inmovilización del vehículo para aquellas VTC que trabajen con una autorización de fuera de Cataluña o que no respeten el tiempo de 15 minutos entre la contratación y la prestación del servicio. Habrá sanciones de hasta 4.000 euros y la inmovilización del vehículo para los VTC que recojan clientes sin contratación previa o que circulen a la revuelta de clientes. Las multas podrán llegar a los 6.000 euros en el caso de trabajar sin autorización y la reincidencia de infracciones puede acabar con multas de entre 2.001 y 6.000 euros o con la retirada de la autorización» aclaran desde el Govern.